La importancia de la rapidez en el diagnóstico de urgencias

Se considera negligencia médica cuando un profesional actúa de forma incorrecta o no sigue los protocolos adecuados, causando daño al paciente. El Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid ha condenado a Berkshire, aseguradora del Hospital de Denia (Alicante), a indemnizar con 483.000 euros a un paciente que sufrió la amputación de la pierna derecha por un error y retraso en el diagnóstico de una isquemia arterial. La sentencia recoge que inicialmente se le diagnosticó una trombosis venosa profunda y que una simple ecografía, no realizada durante la primera estancia en urgencias, podría haber evitado dicha amputación.

Según el tribunal, el tiempo transcurrido hasta el diagnóstico definitivo fue superior a las 24 horas y “durante todo ese tiempo, la falta de intervención para recuperar un flujo arterial adecuado condicionó una afectación irreversible de la pierna derecha”. Ello refleja “una conexión causal entre la deficiente actuación médica y el menoscabo efectivo que se produjo en la salud del paciente”.

Hechos del caso

El paciente, un hombre de 63 años, acudió al Servicio de Urgencias del centro hospitalario el 6 de marzo de 2023, presentando un intenso dolor en el antepié derecho que empeoraba rápidamente. Pese a ser remitido de urgencia por el 112, en el hospital lo catalogaron como “emergencia baja (verde)” y lo tuvieron siete horas esperando para ser atendido. El diagnóstico alcanzado fue trombosis venosa profunda y se decidió el alta de urgencias con “pauta de Bemiparina 10.000 U y con petición de Eco-Doppler” a realizar al día siguiente.

Sin embargo, horas más tarde el paciente acudió de nuevo a su centro de salud “por dolor insoportable, gemelo derecho de consistencia dura y aumento de síntomas distales”. Tras la exploración, fue derivado al hospital para “tratamiento urgente” y, ya en el centro, se le realiza un angiotac urgente que reveló “trombosis de aneurisma poplíteo derecho sin repermeabilización distal, todos los troncos distales ocluidos. Aneurisma de arteria poplítea 16 mm”. Dos días después, tras considerar la necesidad de amputar, se le confirma la noticia por un diagnóstico de “isquemia aguda irreversible tras trombosis de aneurisma poplíteo”, señalando que “no hay posibilidad revascularización con riesgo a corto plazo de pérdida total de la extremidad”.

Retraso y falta de pruebas diagnósticas

El tribunal recoge en la sentencia que “el paciente fue prejuzgado como portador de una trombosis venosa profunda debido a la aparición de dolor agudo y un dímero D muy elevado”, sin considerar que “la expresión clínica no era la típica de una trombosis venosa profunda y, sobre todo, sin realizar inmediatamente una prueba diagnóstica confirmatoria (Ecografía Doppler) que hubiera permitido un diagnóstico certero”.

En definitiva, “se estaba describiendo la existencia de disminución de los pulsos arteriales en la pierna derecha y de frialdad en la misma, sin descartar una causa arterial en lugar de venosa”. En esa línea, la realización ese mismo día de la prueba del Eco Doppler arterial o venoso, “hubiera permitido obtener el diagnóstico correcto, así como el tratamiento adecuado a seguir”, según común opinión de tres peritos participantes en el caso. Sin embargo, la prueba no se realizó porque, según se indica en el informe de funcionamiento del Servicio de Urgencias del Hospital de Denia, emitido por el jefe del mismo, «no disponemos de Servicio de Ecografía después del mediodía».

Indemnización y uso del Baremo de Tráfico

En cuanto a la indemnización, se solicitaba “una cantidad para adquirir una prótesis biomecánica que permitiera al paciente retomar sus actividades previas. Sin embargo, aplicando el Baremo de accidentes de tráfico, el juzgado concedió la cuantía correspondiente a una prótesis estándar”.

Aunque esta facilita la vida del lesionado, señalan, “no cubre completamente sus necesidades, ya que no es compatible con el agua ni con la arena de la playa, limitando así su movilidad y calidad de vida”. Este triunfo judicial refuerza la importancia de reclamar en casos de errores médicos en urgencias para obtener la compensación merecida y promover mejoras en la atención sanitaria.


Noticia original: Diario Médico – 483.000 euros por error y retraso diagnóstico

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