Preguntas frecuentes

  • ¿QUÉ IMPORTANCIA TIENE UN PERITO MÉDICO EN UN PROCEDIMIENTO JUDICIAL?

    En los procedimientos judiciales que tratan sobre cuestiones médicas, son los peritos médicos quienes las deben explicar y aclarar al Juez ya que los abogados, por sí solos, carecen de conocimientos para hacerlo. El perito médico expone su valoración del caso en un informe pericial que sustentará la reclamación presentada, con criterios científicos y médicamente documentados.

    También será el perito médico quién intervenga en el juicio para ratificar su informe y para someterlo a crítica y contradicción por el juez o tribunal, así como por los representantes legales de las partes.

    Sin la participación de un perito médico, las posibilidades de éxito en un procedimiento judicial son mínimas.

  • ¿QUÉ ES EL ESTUDIO DE VIABILIDAD DE UN CASO?

    Es el estudio que se realiza para determinar si un caso cumple los requisitos para que pueda tener posibilidades de éxito en un procedimiento judicial, obteniendo una sentencia estimatoria.

    Si tras realizar el estudio se considera viable la defensa judicial del caso, el siguiente paso consistirá en elaborar el informe médico pericial.

  • ¿POR QUÉ ES NECESARIO EL ESTUDIO DE VIABILIDAD?

    Porque, si se hace el estudio con rigor y el caso se considera viable, las posibilidades de éxito serán altas. Por el contrario, si no se considera viable, se le aconsejará al paciente que no demande judicialmente, para evitar una pérdida de tiempo y dinero y el coste a nivel emocional que todo procedimiento judicial implica.

  • SI CONSIDERAN MI CASO VIABLE Y ELABORAN EL INFORME MÉDICO PERICIAL ¿ME GARANTIZAN QUE VOY A GANAR LA RECLAMACIÓN O EL PLEITO?

    No. La garantía que se ofrece es que su caso va a ser expuesto con objetividad y rigor, fundamentando las conclusiones médico-periciales del informe en las bases de la ciencia médica.

    Sin embargo, el éxito en la reclamación o en el pleito depende también de otros factores, destacando entre ellos la capacidad y la experiencia de su abogado para utilizar, orientar y defender los argumentos científicos expuestos.

  • ¿CUÁNTO CUESTAN VUESTROS SERVICIOS? ¿CUÁL ES SU PRECIO?

    Habitualmente, los 3 trabajos que realiza un perito médico son:

    • Realizar el estudio de viabilidad del caso.
    • Elaborar el informe médico pericial.
    • En caso de ser necesario, asistir a la vista del juicio para ratificar, exponer y defender las conclusiones del informe pericial.

    Estos servicios se cobran de forma independiente y se deberán abonar íntegramente en el momento del encargo de los mismos.

    Nuestros honorarios no son fijos, su coste dependerá del grado de responsabilidad y de complejidad de cada caso. No es lo mismo valorar una contusión en un accidente de tráfico que una muerte en un hospital por una negligencia médica.

    En todo caso, una vez conocidos los detalles del caso se le ofrecerá un presupuesto previo de cada uno de los trabajos a realizar, sin ningún compromiso.

    Ocasionalmente, se prestan otros servicios adicionales de actualización, informe pericial complementario o asesoramiento médico-legal añadido, que si usted los necesitara se abonarían aparte.

  • ¿EN LOS HONORARIOS ABONADOS AL ABOGADO SE INCLUYEN LOS DEL PERITO?

    No. Nuestros honorarios son independientes de los que usted le abone al abogado, al procurador o a otro profesional.

  • ¿PUEDO ABONAR EL IMPORTE DE LOS SERVICIOS CUANDO GANE EL PLEITO O ACORDANDO UN PORCENTAJE SOBRE LA INDEMNIZACIÓN QUE ME VAYAN A DAR?

    No. A diferencia de los abogados, los peritos no pueden tener interés en el procedimiento.

    Condicionar el abono de los honorarios a una sentencia favorable supone una infracción de la conducta profesional médica y una causa para que el juez rechace el informe pericial. Los peritos médicos tienen que cobrar cuando hacen su trabajo, por los actos médicos que llevan a cabo.

  • ¿PUEDE EL MÉDICO QUE ME HA ATENDIDO HACERME EL INFORME PERICIAL?

    No, porque constituye una infracción deontológica y procesal y un motivo para que el juez rechace su informe pericial. El cargo de perito es incompatible con haber intervenido como médico asistencial de la persona peritada.