El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido una mala praxis médica en la asistencia traumatológica prestada a un trabajador que sufrió una fractura-luxación de tobillo tras un accidente laboral, condenando al pago de una indemnización de 132.477 euros por las graves secuelas sufridas.
La sentencia subraya una premisa esencial en Traumatología: el control postquirúrgico radiológico es indispensable para verificar la correcta reducción de una fractura y evitar daños irreversibles.
Accidente laboral y primera intervención quirúrgica
El afectado, P.J.P., de 36 años, sufrió un accidente laboral en octubre de 2019 en Sevilla, tras caer al vacío apoyándose únicamente sobre su tobillo derecho. El diagnóstico fue una fractura-luxación del tobillo derecho.
Fue intervenido quirúrgicamente el 11 de octubre de 2019 en un hospital de Sevilla, realizándose una osteosíntesis con tornillos y placa, además de inmovilización con férula. La asistencia estaba cubierta por Activa Umivale, mutua colaboradora con la Seguridad Social.
Falta de control postoperatorio y mala reducción de la fractura
Desde el mismo momento de la intervención, el paciente manifestó que el pie había quedado girado hacia la derecha.
Las radiografías realizadas tras la cirugía ya mostraban que no se había conseguido una correcta reducción de la fractura, un aspecto clave para la recuperación funcional del tobillo.
Sin embargo, esta alteración no fue corregida ni se valoró la necesidad de una segunda intervención precoz, a pesar de que, según la perito radióloga, una reintervención en la primera semana habría evitado el desenlace posterior.
La experta fue clara ante el tribunal:
La falta de control radiológico impidió apreciar la urgencia y la necesidad de una segunda operación, conduciendo a una cojera definitiva, dolor intenso y artrodesis.
Consecuencias irreversibles: artrodesis e incapacidad permanente
Ante el empeoramiento progresivo del dolor y la pérdida funcional, en septiembre de 2020 se optó por la única solución posible: la anulación completa de la movilidad del tobillo (artrodesis).
Esta decisión supuso:
- Pérdida definitiva de la articulación
- Deterioro severo de la calidad de vida
- Incapacidad permanente total para su profesión habitual
Pronunciamiento del TSJA
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA recuerda el principio de responsabilidad patrimonial recogido en el artículo 32.1 de la Ley 40/2015, según el cual los ciudadanos tienen derecho a ser indemnizados por las lesiones sufridas como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.
Aplicando el baremo de la Ley 35/2015, el tribunal fija una indemnización total de 132.477 euros, teniendo en cuenta:
- Días de incapacidad
- Secuelas funcionales
- Daño estético
- Intervenciones quirúrgicas sufridas
La sentencia estima parcialmente la demanda y reconoce el derecho del paciente a ser indemnizado, sin imposición de costas.
Control postquirúrgico: una obligación esencial
Este caso evidencia que la mala praxis no siempre deriva de una técnica quirúrgica incorrecta, sino de la omisión del seguimiento clínico y radiológico necesario.
En Traumatología, detectar a tiempo una mala reducción puede marcar la diferencia entre la recuperación funcional y una discapacidad permanente.



