El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con 340.000 euros a una paciente por un error diagnóstico que derivó en un cuadro de abdomen agudo, shock séptico y graves secuelas permanentes.

La resolución considera acreditada la existencia de mala praxis médica, al no detectarse a tiempo una complicación grave de una patología previamente diagnosticada.

Antecedentes: hernia de hiato diagnosticada y mal controlada

La paciente había sido diagnosticada en 2012 de una hernia de hiato de gran tamaño. A pesar de la persistencia de síntomas y la falta de eficacia del tratamiento farmacológico, se optó por un enfoque conservador sin intervención quirúrgica.

Según recoge la sentencia, la evidencia médica señala que en pacientes sintomáticos con este tipo de hernia, especialmente cuando no responden al tratamiento, existe un alto riesgo de complicaciones y suele estar indicada la cirugía.

Atención en urgencias y error diagnóstico

El punto crítico del caso se produce en noviembre de 2013, cuando la paciente acudió a urgencias del Hospital Costa del Sol con dolor intenso.

En ese momento:

  • Existían parámetros analíticos alterados
  • Había antecedentes claros de patología digestiva grave
  • Se presentaban síntomas compatibles con complicación

Sin embargo, no se sospechó una posible perforación o estrangulación de la hernia, y la paciente fue enviada a su domicilio.

Tan solo 26 horas después, tuvo que ser intervenida de urgencia en una situación de extrema gravedad.

Evolución: abdomen agudo y shock séptico

La falta de diagnóstico precoz derivó en un cuadro de abdomen agudo que evolucionó hacia un shock séptico, con consecuencias devastadoras para la paciente.

Como resultado, sufrió:

  • Amputación de varios dedos y falanges
  • Secuelas físicas permanentes
  • Pérdida de autonomía durante largos periodos
  • Necesidad de ayuda constante para actividades básicas

Valoración del tribunal: vulneración de la lex artis

El TSJA concluye que existió una clara vulneración de la lex artis ad hoc, destacando:

  • Error en el diagnóstico
  • Incorrecta asignación del tratamiento
  • Infravaloración de la gravedad del cuadro clínico
  • Falta de adecuación a los protocolos clínicos reales

El tribunal otorga especial relevancia al informe del perito judicial, al considerarlo más imparcial que los informes de la propia Administración.

Una patología infravalorada

La sentencia subraya que la evolución desfavorable no fue una fatalidad inevitable, sino consecuencia de una cadena de errores asistenciales.

La paciente había acudido en múltiples ocasiones por síntomas relacionados con la hernia, lo que evidenciaba que el tratamiento no estaba siendo eficaz. A pesar de ello, no se adoptaron medidas adecuadas ni se ajustó el enfoque terapéutico.

Indemnización por daños físicos y morales

El tribunal fija una indemnización total de 340.000 euros, desglosada en:

  • 240.000 euros por perjuicio físico
  • 100.000 euros por daño moral

En relación con el daño moral, la sentencia destaca el impacto vital sufrido por la paciente, incluyendo la pérdida de calidad de vida y la dependencia de terceros.

Relación directa entre actuación médica y daño

El TSJA concluye que existe una relación de causalidad directa entre la actuación sanitaria y el resultado lesivo.

Este caso pone de relieve un aspecto especialmente relevante en responsabilidad médica:
cuando existe un diagnóstico previo conocido, el margen de error en la detección de complicaciones es menor, y la exigencia de diligencia médica es mayor.

Error diagnóstico y pérdida de oportunidad

Aunque muchos casos de mala praxis se encuadran en la doctrina de la pérdida de oportunidad, en este supuesto el elemento diferencial es claro:

No se trataba de diagnosticar una enfermedad desconocida, sino de identificar a tiempo una complicación grave de una patología ya diagnosticada, lo que agrava la responsabilidad.