El debate sobre el consentimiento informado en intervenciones quirúrgicas vuelve al centro del análisis jurídico tras un caso en el que una paciente ha recurrido al Tribunal Supremo alegando negligencia médica tras perder el útero en una operación oncológica.
La afectada reclamaba una indemnización de 145.000 euros, al considerar que no fue informada adecuadamente de la posibilidad de que se le practicara una histerectomía total durante la intervención.
El consentimiento informado como elemento clave
El elemento central del caso radica en la existencia y contenido del documento de consentimiento informado firmado por la paciente antes de la intervención.
Según las resoluciones judiciales previas, dicho documento incluía expresamente la posibilidad de:
- Realizar una laparotomía exploratoria
- Evaluar el estado de los órganos abdominales y pélvicos
- Decidir intraoperatoriamente la extensión de la cirugía
- Proceder, si fuera necesario, a la extirpación parcial o total del aparato genital
Este aspecto ha sido determinante para que los tribunales consideren que la paciente fue informada de forma suficiente.
Decisión médica intraoperatoria
La intervención se realizó en el contexto de un cáncer de ovario, donde los protocolos clínicos permiten adaptar la cirugía en función de los hallazgos durante la operación.
Según la sentencia, la actuación médica fue acorde a la buena práctica clínica, al priorizar el control de la enfermedad oncológica frente a otras consideraciones.
La opción de una cirugía más conservadora —limitada al ovario afectado— no fue considerada adecuada en función del tipo y características del tumor.
El papel del deseo reproductivo
Uno de los puntos clave del caso es la ausencia de constancia en la historia clínica del deseo reproductivo de la paciente.
El tribunal destaca que:
- No existe referencia previa al deseo de ser madre
- No se manifestó oposición a la posible histerectomía
- El interés reproductivo se alegó con posterioridad a la intervención
Este elemento ha sido determinante para descartar una actuación negligente por parte del equipo médico.
Argumento sobre la fertilidad
Otro aspecto controvertido del caso es la referencia judicial a la edad de la paciente (cercana a los 41 años) y la calificación de su fertilidad como “pobre”.
Este argumento se apoya en documentación científica que desaconseja tratamientos conservadores en determinados casos oncológicos en pacientes mayores de 40 años.
No obstante, este razonamiento ha sido objeto de crítica por parte de la defensa, al considerar que no debería condicionar la decisión clínica ni la valoración jurídica del caso.
Valoración jurídica: consentimiento vs. resultado
Desde el punto de vista del derecho sanitario, este caso ilustra una cuestión esencial:
Cuando existe un consentimiento informado válido, específico y correctamente documentado, las posibilidades de que prospere una reclamación por mala praxis se reducen considerablemente.
No basta con el resultado adverso (en este caso, la pérdida de fertilidad), sino que debe acreditarse:
- Falta de información relevante
- Omisión de alternativas terapéuticas
- O actuación contraria a la lex artis
Importancia de la documentación clínica
El caso pone de manifiesto la relevancia de:
- Documentar adecuadamente el proceso informativo
- Reflejar en la historia clínica las preferencias del paciente
- Detallar los riesgos y alternativas terapéuticas
La ausencia de estos elementos puede inclinar la balanza en un procedimiento judicial.
Consentimiento informado y mala praxis médica
El consentimiento informado no es un mero trámite formal, sino un elemento esencial para garantizar:
- La autonomía del paciente
- La toma de decisiones consciente
- La seguridad jurídica de los profesionales sanitarios
En procedimientos complejos, como la cirugía oncológica, su correcta elaboración y firma resulta determinante en posibles reclamaciones por negligencia médica.



